Institucionalidad nacional, regional, departamental, territorial y municipal

Tipo de autoridad

Nombre de la autoridad

Funciones principales

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Nacional

Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP). Direcciones Regionales de la AUNAP: Barranquilla, Barrancabermeja, Bogotá, Magangué, Cali y Villavicencio.

-Implementar la política de pesca y acuicultura.

-Formular políticas pesqueras para la planificación sectorial, la competitividad y la sostenibilidad ambiental.

-Investigar los recursos pesqueros.

-Control y regulación de los recursos pesqueros.

-Programas de manejo para el sector pesquero y acuícola, a nivel nacional e internacional.

-Realizar la gestión del conocimiento y la información de la pesca y la acuicultura.

-Gestionar un sistema nacional de información sobre pesca y acuicultura.

-Permisos y autorizaciones para el ejercicio de actividades de pesca y acuicultura.

-Autorizar importaciones o exportaciones de bienes y productos relacionados con la actividad pesquera.

-Cobrar tasas y multas por autorizaciones para el ejercicio de actividades de pesca y acuicultura.

-Realizar investigaciones administrativas e imponer sanciones.

-Establecer mecanismos de control y vigilancia

-Establecer mecanismos de promoción y desarrollo productivo

-Promover programas de desarrollo social y económico.

-Realizar una planificación prospectiva de las actividades de pesca y acuicultura para lograr un uso adecuado y sostenible.

-Publicar y difundir información técnica.

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Nacional

Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales -UAESPNN- en las áreas de su jurisdicción.

-Administrar y manejar el Sistema de Parques Nacionales Naturales, así como reglamentar el uso y el funcionamiento de las áreas que lo conforman, según lo dispuesto en el Decreto -Ley 2811 de 1974, Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios.

-Proponer e implementar las políticas y normas relacionadas con el Sistema de Parques Nacionales Naturales.

-Formular los instrumentos de planificación, programas y proyectos relacionados con el Sistema de Parques Nacionales Naturales.

-Adelantar los estudios para la reserva, alinderación, delimitación, declaración y ampliación de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

-Proponer al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible las políticas, planes, programas, proyectos y normas en materia del Sistema Nacional de Áreas Protegidas -SINAP.

-Coordinar la conformación, funcionamiento y consolidación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, de acuerdo con las políticas, planes, programas, proyectos y la normativa que rige dicho Sistema.

-Otorgar permisos, concesiones y demás autorizaciones ambientales para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y emitir concepto en el marco del proceso de licenciamiento ambiental de proyectos, obras o actividades que afecten o puedan afectar las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, conforme a las actividades permitidas por la Constitución y la ley.

-Adquirir por negociación directa o expropiación los bienes de propiedad privada, los patrimoniales de las entidades de derecho público y demás derechos constituidos en predios ubicados al interior del Sistema de Parques Nacionales Naturales e imponer las servidumbres a que haya lugar sobre tales predios.

-Liquidar, cobrar y recaudar conforme a la ley, los derechos, tasas, multas, contribuciones y tarifas por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y de los demás bienes y servicios ambientales suministrados por dichas áreas.

-Recaudar, conforme a la ley, los recursos por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento de los permisos, las concesiones, las autorizaciones y los demás instrumentos de control y manejo ambiental establecidos por la ley y los reglamentos.

-Proponer conjuntamente con las dependencias del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las políticas, regulaciones y estrategias en materia de zonas amortiguadoras de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

-Administrar el registro único nacional de áreas protegidas del SINAP.

-Ejercer las funciones policivas y sancionatorias en los términos fijados por la ley.

-Proponer e implementar estrategias de sostenibilidad financiera para la generación de recursos, que apoyen la gestión del organismo.

-Las demás que le estén asignadas en las normas vigentes y las que por su naturaleza le correspondan o le sean asignadas o delegadas por normas posteriores.

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Departamental

Junta Departamental de Pesca y Acuicultura del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

-Como entidad territorial: Ejercer conforme a los principios de coordinación; concurrencia y subsidiariedad las competencias atribuidas a las entidades territoriales y en especial al Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina;

-Como Departamento: Ejercer de manera autónoma la administración de los asuntos seccionales, la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio; así como también las funciones de coordinación complementariedad de la acción municipal, de intermediación entre la Nación y el Municipio y de prestación de los servicios que determinen la Constitución y las Leyes;

-Como zona de libre comercio: Ejercer funciones de administración, coordinación, control y regulación del ingreso y salida de mercancías importadas al territorio del Departamento, de acuerdo con lo establecido por la Ley, sin perjuicio de las que la Ley le asigna a la Dirección General de Aduanas y de conformidad con los convenios de que trata el artículo 18 de la presente Ley;

-Ejercer las funciones especiales que, en materia administrativa de inmigración, de control de la densidad poblacional, de regulación del uso del suelo, de enajenación de bienes inmuebles, de preservación del medio ambiente, de control fiscal, de comercio exterior, de cambios, financieras y de fomento económico, establezca la Ley;

-Participar en la elaboración y coordinar la ejecución de los planes y programas nacionales de desarrollo económico y social, de obras públicas y de adecuación de la infraestructura turística y financiera, que tenga relación con el departamento;

-Adoptar de acuerdo con la Ley los planes y programas de desarrollo económico y social, de obras públicas y de adecuación de la infraestructura financiera del departamento;

-Adelantar directamente con las entidades territoriales limítrofes de países vecinos de igual nivel, programas de cooperación e integración, dirigidos a fomentar el desarrollo comunitario, incluido el intercambio comercial y la preservación del medio ambiente;

-Adoptar y desarrollar las medidas necesarias para el logro de la conservación y preservación de los recursos naturales y del medio ambiente del departamento;

-Cumplir funciones de reglamentación, administración, coordinación y control del turismo que se desarrolla en el territorio del departamento, mediante la modernización de la infraestructura turística;

-Lograr la conservación y promoción de la cultura nativa raizal mediante la creación y ejecución de disposiciones tendientes a la protección del patrimonio cultural, tangible e intangible, del departamento;

-Ejercer funciones administrativas, de coordinación y complementariedad de la acción municipal;

-Cumplir las demás funciones y prestar los servicios que le señalen la Constitución y la Ley.

Departamental

Secretaria de Agricultura y Pesca – San Andrés, Providencia y Santa Catalina

Propiciar la incorporación de tecnología con sujeción a las normas ambientales, que garanticen los mayores niveles de productividad y rentabilidad en todos los procesos productivos.

Departamental

Secretaria de Ambiente, Agricultura y Pesca – Valle del Cauca.

-Gestionar los procesos relacionados con planes, programas y proyectos de carácter agropecuario, agroindustrial,piscicola y pesquero de conservación de los recursos ambientales, con fundamentos en el Plan de Gestión Ambiental, el Plan de Ordenamiento Territorial y el Plan de Desarrollo.

-Articular sistemas o canales de información institucional requerida para la identificación, formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de caracter agropecuario, agroindustrial, agrícola, con fundamentos en el Acuerdo de Gestión.

-Promover la suscripción de convenios de cooperación técnica con empresas u organismos públicos o privados, nacional o extranjeros para realizar actividades con el sector pesquero.

-Coordinar con los organismos públicos competentes y actores del sector privado y la comunidad, el desarrollo de los aspectos productivos del sector agropecuario y pesquero tales como: crédito, asesoría técnica, comercialización, agroindustria e infraestructura.

-Sugerir y proponer planes y programas para propiciar la modernización y diversificación productiva y el desarrollo empresarial de los sectores agropecuario y pesquero.

-Establecer políticas y programas que favorezcan la tecnología de insumos, técnicas agrícola y otros métodos como la agricultura límpia con el objeto de reducir la degradación del medio ambiente.

-Promover y fortalecer la consolidación de las cadenas productivas y/o agroalimentarias del Departamento.

-Elaborar y presentar ante el Consejo Seccional de Desarrollo Agropecuario las políticas y planes sectoriales, así como los requerimientos y necesidades de mareriales, suministros y demás recursos que demanden los programas y proyectos de la Secretaria.

-Gestionar la ariculación con el Departamento Administrativo de Desarrollo Institucional y de las diferentes instituciones para la garantia de los bienes públicos pertenecientes a la Administración Central Departamental ubicados en el sector rural.

-Las demas que le asigne la Constitución, la ley, las ordenanzas, los decretos, los reglamentos, normas y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial.

Municipal

Secretaría de Agricultura, Pesca y Desarrollo Económico – Tumaco, Nariño


Regional

Corporación Autónoma Regional Del Río Grande De La Magdalena (Cormagdalena).

-Elaborar, adoptar, coordinar y promover la ejecución de un plan general para el desarrollo de sus objetivos, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo.

-Participar en la preparación y definición de los planes y programas de desarrollo de las entidades territoriales, regionales o sectoriales comprendidas en su jurisdicción: en las materias relacionadas con su objeto, con el fin de asegurar la realización de las actividades que se contemplan en los planes adoptados por la Corporación.

-Formular y adoptar mecanismos para la coordinación y ejecución de sus planes, programas y proyectos, por parte de las entidades públicas y privadas delegatarias, concesionarias o contratistas, así como para su evaluación, seguimiento y control.

-Promover y facilitar la participación comunitaria en los procesos de toma de decisiones y en las acciones de ejecución de los planes y programas de la Corporación.

-Asesorar administrativa, técnica y financieramente a las entidades territoriales de su jurisdicción en las actividades que contribuyan al objeto de la Corporación.

-Promover, impulsar y asistir técnica y financieramente la formación y actividades de asociaciones, cooperativas y toda clase de agrupaciones comunitarias que persigan el desarrollo y la explotación adecuada de los recursos ictiológicos y agrícolas en el área de actividades de la Corporación, dentro de los parámetros de protección de los recursos naturales y del medio ambiente.

-Promover y participar en la creación de sociedades portuarias en las poblaciones ribereñas del Río Magdalena, que contribuyan a desarrollar el servicio del transporte fluvial y su integración con otros medios complementarios. Para el efecto, la Corporación podrá ceder en concesión o aportar las instalaciones y equipos de su patrimonio.

-Promover la ejecución o ejecutar directamente, o en asocio con otros entes públicos y privados, proyectos de adecuación de tierras, avenamiento y control de inundaciones, operar y administrar dichos proyectos o darlos en concesión y delegar su administración y operación en otras personas públicas o privadas, así como establecer las contribuciones de valorización correspondientes y las tarifas y tasas por la utilización de sus servicios, de conformidad con las normas y políticas del sistema nacional de adecuación de tierras.

9. Participar en sociedades o asociaciones que se creen y organicen con o sin la participación de personas privadas, para cumplir más adecuadamente con sus funciones, o para objetos análogos o complementarios.

10. Ejercer las funciones correspondientes a la dirección general de navegación y puertos y a las Intendencias Fluviales del Ministerio de Transporte, para los efectos de la navegación y la actividad portuaria en la totalidad del Río Magdalena y sus conexiones fluviales, excepto las relativas a la reglamentación y control del tráfico fluvial, que continuará siendo de competencia de dicha dirección.

11. Ejercer las funciones que otras entidades públicas le deleguen, siempre y cuando sean compatibles con las funciones de que trata el numeral 2o. o que contribuyan a su ejercicio.

12. Establecer y cobrar tasas o tarifas por los servicios que preste, así como contribuciones por valorización, originada por la ejecución de sus proyectos y peaje, por el uso de las vías que construya o adecue

13. Fomentar y apoyar financieramente la adecuación y explotación de las posibilidades que para la recreación social, ofrecen el Río Magdalena y sus zonas aledañas.

14. Adoptar las disposiciones necesarias para la preservación del equilibrio hidrológico de la cuenca, conforme a las disposiciones medio ambientales superiores y en coordinación con las Corporaciones Autónomas Regionales encargadas de la gestión medio ambiental en el área de su jurisdicción.

15. Ejecutar y promover la ejecución de proyectos de generación y distribución de energía eléctrica, conforme a las discusiones superiores y a las políticas sectoriales.

16. Promover el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos y demás recursos naturales renovables, conforme a las políticas nacionales y con sujeción a las normas superiores y adelantar programas empresariales que involucren a la comunidad ribereña y propendan por el aumento de su nivel de vida.

17. Imponer las sanciones y multas por violaciones a la normatividad, conforme a la ley o los reglamentos.

18. Asesorar, armonizar y coordinar las actividades, desde todas las entidades públicas y privadas, que incidan en el comportamiento hidrológico de la cuenca.

19. Elaborar los estudios y programas tendientes a la configuración o complementación de un plan general de ordenamiento y manejo integral de la cuenca, que deberá ser adoptado por la Corporación para su progresiva aplicación, bajo la supervisión y coordinación de la misma.

Territorial

Consejos Comunitarios de las Comunidades Afrodescendientes, Pueblos Raizales y Resguardos Indígenas en sus territorios colectivos.

Ejercen funciones de autoridad pesquera en sus territorios, en coordinación con las autoridades nacionales, regionales, departamentales y municipales

Estas competencias se fundamentan en las siguientes normas:

Ley 70 de 1993, que tiene como objetivo reconocer el derecho a la propiedad colectiva de las comunidades afrodescendientes, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción

Ley 21 de 1991, aprobatoria del Convenio 169 de la OIT